| |
| |
 |
| |
|
A continuación hay una lista de algunas preguntas más frecuentes hechas por familias, herederos y beneficiarios.
- ¿A qué se dedica el Administrador Público?
- ¿Es el Administrador Público la primera opción que se nombra como administrador de los bienes testamentarios de una persona difunta?
- ¿Cómo se refieren los casos al Administrador Público para investigación?
- ¿Cuándo es que el Administrador Público tramita los bienes testamentarios?
- ¿Está garantizado por escritura el Administrador Público?
- ¿Necesito contratar un abogado para que represente mis intereses?
- ¿Qué es un procedimiento formal de legalización de un testamento?
- ¿Qué es un procedimiento sumario de legalización de un testamento?
- ¿Cuáles son las cuotas del Administrador Público?
- ¿Hace usted una investigación profunda para descubrir todos los bienes?
- ¿Por qué se vende la propiedad?
- ¿Mientras que los bienes testamentarios están en administración, ¿está devengando intereses el dinero de los bienes testamentarios?
- ¿Cuándo serán distribuidos a los herederos los activos de los bienes testamentarios?
- ¿Cómo puedo yo ayudar a que se acelere la administración de los bienes testamentarios?
- ¿Puedo presentar un reclamo por mis gastos?
- ¿Cuándo serán pagados los cargos en contra de los bienes testamentarios?
- ¿Qué impuestos de herencia o impuestos de bienes testamentarios tendrá que pagar el bien testamentario?
- ¿Recibiré yo un estado de cuenta de todos los recibos y desembolsos?
- ¿Me puede dar usted el estado financiero exacto del bien testamentario?
- ¿Puedo recibir una copia del certificado de defunción?
- ¿Se encargará el Administrador Público de los preparativos fúnebres?
- ¿Qué tipo de preparativos fúnebres hará el Administrador Público?
Si usted tiene alguna otra pregunta, por favor llame al (909) 387-6249.
|
| |
 |
| |
|
¿A qué se dedica el Administrador Público?
R. La función principal del Administrador Público es de administrar los bienes testamentarios de la persona difunta, incluyendo: cobro y salvaguarda del activo, pagar deudas y, si quedan bienes después de haber pagado las deudas y los gastos, distribuirlos a aquellos que tienen el derecho legal. El Administrador Público tiene la encomienda, mediante el Código Testamentario a que oportunamente:
- Presente una petición para nombramiento como representante personal de los bienes testamentarios si es que no ha presentado la petición para el nombramiento una persona que tenga mayor prioridad.
- Presente una petición para nombramiento como representante personal de cualesquier bienes testamentarios que el administrador público determine es apropiado.
- Acepte nombramiento como representante personal de algún bien testamentario cuando así lo ordene el tribunal o como lo disponga la Sección 7621 del Código Testamentario.
- Proceda con la disposición sumaria de algún bien testamentario como lo autoriza el Artículo 4 (comenzando con la Sección 7660), y en la Sección 13100 si el valor total de los bienes testamentarios es menor de $100,000.
Además, si ningún representante personal ha sido nombrado, el Administrador Público deberá tomar posesión o control inmediato de la propiedad de una persona difunta si el Administrador Público considera que está expuesta a pérdida, lesión, desperdicio o malversación, o que lo ordene el tribunal.
El Administrador Público hará una búsqueda sin demora por otra propiedad, un Testamento e instrucciones para la disposición de los restos de la persona difunta. Si se encuentra un Testamento o instrucciones para disposición, el Administrador Público deberá entregar el Testamento al Tribunal como lo dispone la Sección 8200 y la Sección 7100 del Código de Salud y Seguridad respectivamente. Si existe un conservador del Testamento, el Administrador Público deberá dirigir al Conservador a presentar el documento como sea adecuado. Si se ubica otra propiedad, el Administrador Público deberá tomar posesión o control de esa propiedad para que así no se dañe o se pierda.
|
|
¿Es el Administrador Público la primera opción que se nombra como administrador de los bienes testamentarios de una persona difunta?
R. No, de hecho el Administrador Público está casi al final de la lista de personas nombradas bajo las leyes de California. De acuerdo a la ley estatal, la siguiente lista es el orden de prioridad para nombramiento:
- Cónyuge o pareja de hecho que le sobrevive como lo define la Sección 37
- Hijos
- Nietos
- Otro linaje
- Padres
- Hermanos y hermanas
- Linaje de hermanos y hermanas
- Abuelos
- Linaje de abuelos
- Hijos de un(a) cónyuge o pareja de hecho que muere antes
- Otro linaje de un(a) cónyuge o pareja de hecho que muere antes
- Otro pariente cercano
- Padres de un(a) cónyuge o pareja de hecho que muere antes
- Linaje de padres de un(a) cónyuge o pareja de hecho que muere antes
- Protector o guardián de los bienes testamentarios actuando en esa capacidad en el momento de fallecimiento, que ha presentado una primera cuenta y no está actuando como protector o guardián para cualquier otra persona
- Administrador público
- Acreedores
- Cualquier otra persona
El Administrador Público hace todos los intentos para encontrar a todos los herederos potenciales y darles la oportunidad de administrar los bienes testamentarios.
Cuando el Administrador Público decide iniciar el proceso testamentario sobre los bienes testamentarios, se presenta una petición para nombramiento ante el Tribunal. Se da aviso a todas las partes interesadas, incluyendo parientes, herederos, acreedores y aquellos que han pedido formalmente un aviso especial del procedimiento civil.
|
|
¿Cómo se refieren los casos al Administrador Público para investigación?
R. Los casos son referidos al Administrador Público principalmente por el Médico Forense. Éstos también pueden ser referidos por las agencias de servicio público, amistades, vecinos, acreedores, hospitales, asilos para ancianos y directores de funeraria. Cualquiera que conozca de una persona difunta en el Condado de San Bernardino cuyos bienes testamentarios estén a riesgo de perderse, lesión, desperdicio o malversación puede hacer una referencia al Administrador Público.Haz clic aquí para ves o comensar a llenar la forma.
|
|
¿Cuándo es que el Administrador Público tramita los bienes testamentarios?
R. El Administrador Público puede ser nombrado bajo las siguientes circunstancias:
- Cuando no se ha nombrado albacea o administrador y, como consecuencia de ello, la propiedad, o cualquier parte de ella, está siendo desperdiciada, descuidada o se está perdiendo,
- Cuando el Juez ordene que sea nombrado,
- Cuando un heredero nombra al Administrador Público, o el Testamento nombra al Administrador Público como Albacea,
- Cuando no existen herederos conocidos de los bienes testamentarios,
- Para un(a) heredero(a) que vive fuera del Estado de California y solicita al Administrador Público,
- Cuando la Albacea fracasa en actuar sobre un procedimiento Formal de Legalización de Testamento y ninguna otra persona tiene un derecho prioritario.
|
|
¿Está garantizado por escritura el Administrador Público?
R. Sí. Adicionalmente, según el estatuto, a cada bien testamentario se le deberá cobrar una cuota anual de garantía por escritura en la cantidad de veinticinco dólares ($25) más un cuarto del uno por ciento de la cantidad de un bien testamentario mayor de diez mil dólares ($10,000). La cantidad cobrada es un gasto de los bienes testamentarios.
|
|
¿Necesito contratar un abogado para que represente mis intereses?
R. No es necesario contratar un abogado en lo que concierne la administración ordinaria de los bienes testamentarios; esto es tratado por el abogado del Administrador Público. Si, por otro lado, su derecho a heredar no está claro, o se han presentado cuantiosos reclamos que afectan los bienes testamentarios, usted podría desear contratar un abogado para que represente sus intereses especiales. Los honorarios de tales abogados son cuestión de un acuerdo privado entre usted y su abogado y no son cobrados a los bienes testamentarios.
|
|
¿Qué es un procedimiento formal de legalización de un testamento?
R. Un procedimiento formal de legalización de un testamento es el método comúnmente conocido para la administración de bienes testamentarios. Es utilizado por el Administrador Público parar bienes testamentarios con un valor que exceda $100,000 en la fecha de fallecimiento. El procedimiento formal de legalización de un testamento requiere de la aprobación del juez.
|
|
¿Qué es un procedimiento sumario de legalización de un testamento?
R. La ley de California le permite al Administrador Público actuar como un administrador de bienes testamentarios sin la aprobación del tribunal en casos donde el valor total del bien testamentario no excede $100,000. A este tamaño de bien testamentario se le trata como procedimiento sumario de legalización de un testamento y lo puede utilizar exclusivamente el Administrador Público.
|
|
¿Cuáles son las cuotas del Administrador Público?
R. El Código Testamentario de California es el que dispone las cuotas estatutarias para todos los albaceas, administradores y sus abogados. Las cuotas son calculadas basándose en el valor de los bienes testamentarios como se explica a continuación:
- 4% de los primeros $100,000
- 3% de los siguientes $85,000
- 2% de los siguientes $900,000
- 1% de todo lo anterior $1,000,000
Además de las cuotas estatutarias anotadas arriba, el Juez podría conceder cuotas extraordinarias por trabajo extra tal como la venta de propiedad inmueble o personal, peticionar para determinación de derecho de consanguinidad, litigio para colectar activos y defender acciones contra los bienes testamentarios y otros asuntos similares. Todas las cuotas deben ser aprobadas por el Tribunal Testamentario, por lo general, en el momento de la contabilidad final.
|
|
¿Hace usted una investigación profunda para descubrir todos los bienes?
R. En el momento de la investigación original, el Administrador Público Suplente busca todas las pistas que pudieren indicar activos de la persona difunta. A estas pistas se les da seguimiento en su debido momento durante la administración de los bienes testamentarios. A no ser que alguien haya escondido deliberadamente los activos, todos los activos son usualmente localizados antes del cierre de la administración.
|
|
¿Por qué se vende la propiedad?
R. Si un bien testamentario no puede sufragar sus deudas sin vender la propiedad, la propiedad se vende para pagar esas deudas. Si un bien testamentario es solvente y hay suficiente efectivo para pagar reclamos y gastos, el Administrador Público normalmente no vende la propiedad sin el permiso de los herederos conocidos. En la liquidación, si no hay herederos para tomar posesión de los activos, o los herederos no desean tomar posesión, entonces se liquidan los activos.Para mas informacion chasque aqui.
|
|
¿Mientras que los bienes testamentarios están en administración, ¿está devengando intereses el dinero de los bienes testamentarios?
R. Sí, el Administrador Público mantiene todos los fondos en cuentas que generan intereses.
|
|
¿Cuándo serán distribuidos a los herederos los activos de los bienes testamentarios?
R. Cada bien testamentario es inigualable y la distribución final varía. Por lo general, no espere distribución antes de catorce meses contando a partir de la fecha que se nombra al Administrador. Para su propia paz mental, no planifique sus asuntos financieros bajo la expectativa de que usted estará recibiendo cierta cantidad en determinada fecha.
|
|
¿Cómo puedo yo ayudar a que se acelere la administración de los bienes testamentarios?
R. Usted puede asistir en la administración oportuna de los bienes testamentarios llenando completamente todos los formularios que se le envían y devolviéndolos oportunamente.
|
|
¿Puedo presentar un reclamo por mis gastos?
R. Si usted pagó alguna deuda de la persona difunta, los cargos incurridos conectados directamente con el fallecimiento de la persona difunta o si pagó por algunos de los gastos funerarios, usted puede presentar un Reclamo de Acreedor ante el Administrador Público. Tenga presente que el Juez normalmente no aprobará un reclamo por viaje, hospedaje u otros gastos relacionados con un viaje para el funeral. Para obtener un formulario de Reclamo de Acreedor, usted debe solicitar uno en persona en San Bernardino County Clerk’s Office (Oficinas del Actuario del Condado de San Bernardino), 351 North Arrowhead Avenue, San Bernardino, CA 92415-0220. Es importante que su reclamo sea presentado oportunamente para que sea válido. Diferentes reglas aplican a diversos tipos de casos y reclamos. Pregunte cuáles son los requisitos para su reclamo al Administrador Público Suplente asignado a su caso.
|
|
¿Cuándo serán pagados los cargos en contra de los bienes testamentarios?
R. Los cargos en contra de los bienes testamentarios se pagan cuando los bienes testamentarios están listos para ser liquidados. Los gastos fúnebres son una excepción. Ellos son un reclamo prioritario y serán pagados tan pronto como el Administrador Público se cerciore que hay suficientes fondos disponibles.
|
|
¿Qué impuestos de herencia o impuestos de bienes testamentarios tendrá que pagar el bien testamentario?
R. El impuesto federal de bienes testamentarios es un impuesto sobre los bienes testamentarios. Aplica únicamente cuando el bien testamentario bruto excede el monto listado a continuación para el año de fallecimiento:
- 1985 $400,000
- 1986 $500,000
- 1987 y después $600,000
Para los fallecimientos que acontecieron después del 8 de junio de 1982, ya no existe más el Impuesto de Herencia de California.
|
|
¿Recibiré yo un estado de cuenta de todos los recibos y desembolsos?
R. En legalizaciones de testamento formales, una copia de la Primera y Última Contabilidad será enviada a los herederos o legatarios cuando se presenta ante el Juez para su aprobación. En procedimientos sumarios, una copia del informe de contabilidad será proporcionada al pedirlo.
|
|
¿Me puede dar usted el estado financiero exacto del bien testamentario?
R. Una contabilidad completa será entregada en la distribución final. Los estados de cuenta de esta oficina antes de la contabilidad final serían estimados y se podría efectuar un cambio substancial en el panorama financiero (por ejemplo, la presentación de un reclamo grande inesperado).
|
|
¿Puedo recibir una copia del certificado de defunción?
R. Las copias certificadas del certificado de defunción se pueden obtener de San Bernardino County Recorder's Office (Oficina del Registrador del Condado de San Bernardino) por una pequeña cuota. Ellos pueden ser contactados en 222 West Hospitality Lane, San Bernardino, CA 92415-0022, o http://www.sbcounty.gov/acr/, o al (909) 387-8314.
|
|
¿Se encargará el Administrador Público de los preparativos fúnebres?
R. El Administrador Público Suplente trabajará con la familia para hacer los preparativos necesarios, o a su solicitud o ausencia, el suplente asumirá la responsabilidad de hacer los arreglos necesarios.
|
|
¿Qué tipo de preparativos fúnebres hará el Administrador Público?
R. Los arreglos se harán de acuerdo a cualquier plan de pre-necesidad de la persona difunta o dependiendo en la habilidad de pago de los bienes testamentarios. A todas las personas se les facilitará un entierro dignificado.
|
 |