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FECHAS IMPORTANTES

1 de Julio Inicio del año fiscal.
Julio Las facturas de impuestos sobre la propiedad que no son garantizadas son enviadas por correo.
1 de Agosto Vencimiento de las facturas de impuestos sobre la propiedad que no son garantizadas.
31 de Agosto Fecha límite para el pago de las facturas de impuestos sobre la propiedad que no son garantizadas. Se agrega una penalidad del 10% si no se paga puntualmente, más un cargo de $70.00 por cobranza.
Agosto Las facturas de impuestos suplementarios son enviadas por correo. La fecha final para el pago está impresa en las facturas.
Octubre El Tesorero-Recaudador de Impuestos envía por correo las facturas originales de impuestos sobre la propiedad que son garantizadas..
31 de Octubre Las facturas de impuestos sobre la propiedad que no son garantizadas estarán en morosidad si no se pagan a las 5:00 p.m. (*) y se añadirá una penalidad de 1-1/2% por mes sobre cualquier monto de impuestos no pagados.
1 de Noviembre Vencimiento de la primera cuota de las facturas de impuestos sobre la propiedad que son garantizadas .
10 de Diciembre Fecha límite para el pago de la primera cuota de las facturas de impuestos sobre la propiedad que son garantizadas. Se añadirá una penalidad del 10% si no es pagada antes de las 5:00 p.m. (*).
Enero Las facturas de impuestos suplementarias son enviadas por correo. La fecha final para el pago está impresa en las facturas.
1 de Febrero Vencimiento de la segunda cuota de las facturas de impuestos sobre la propiedad que son garantizadas.
10 de Abril Fecha límite para el pago de la segunda cuota de las facturas de impuestos sobre la propiedad que son garantizadas Se añadirá una penalidad del 10% más un costo de $10.00 si no es pagada antes de las 5:00 p.m. (*).
Mayo El Tesorero-Recaudador de Impuestos envía por correo avisos de morosidad acerca de cualquier impuesto ordinario vigente que se encuentre impago.
Mayo Las facturas de impuestos suplementarios son enviadas por correo. La fecha final para el pago está impresa en las facturas.
30 de Junio Fin del año fiscal
30 de Junio Las cuentas garantizadas que están en mora son transferidas al registro de impuestos en mora y se añaden penalidades adicionales del 1- 1/2% por mes sobre cualquier monto de impuestos no pagados, más cargos compensatorios de $15.00.

                             (*) Si una fecha en mora coincide con un fin de semana o feriado, la fecha en mora será considerada el siguiente día hábil.
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